Condena Judicial a Wall Street Institute

Wall Street Institute Condenada a Suprimir Clausulas Abusivas

Ahora los usuarios del servicio de aprendizaje de idioma de Wall Street Institute tienen la posibilidad de hacer valer sus derechos y pagar solamente el servicio que usan. Nada más ni nada menos.

La sentencia del Juzgado Nacional de Primera Instancia en Comercial 14 a cargo de la Dra. María Virginia Villarroel, Secretaria 27 a cargo de la Dra. Karin Martin  del juicio iniciado por PADEC en el año 2008 caratulado “PADEC- Prevención, Asesoramiento, y Defensa Del Consumidor, y Otro  c/ Wall Street Institute S.A. s/ Ordinario” Expte Nº  64436/2008, declara la  nulidad de las cláusulas 4 y 5 del contrato tipo irregular y abusivo  que el proveedor del servicio había diseñado para ejecutar un abuso sistemático y masivo. Los importes cobrados en concepto de esas cláusulas abusivas son muy menores al valor que la Corte Suprema de Justicia de la Nación tiene fijado como monto mínimo para apelar.

Todos los usuarios perjudicados por esas cláusulas abusivas desde el año 2008 ahora pueden hacer valer sus derechos en forma individual invocando esta sentencia. Ya que el sistema por el cual los usuarios tenían que pagar en forma anticipada un extenso período de tiempo sin la posibilidad de dar de baja el servicio de idioma llegó a un punto final.

¿Cómo se hace?

Si no logra que en la sucursal donde contrató el servicio le devuelvan las sumas cobradas de más pida el Libro de Quejas y deje constancia de su reclamo individualizando el nro. Del contrato, las fechas de pago y el tipo de tarjeta de crédito por dónde le cobraron todo el precio del contrato. Tiene que anotar también cuándo y cómo informó/solicitó la baja del servicio. Pida una fotocopia de esa nota del Libro de Quejas. Si no se la dan saque una foto con su celular y vea si el libro está o no está rubricado.

Si no tiene una respuesta favorable en dos o tres semanas inscríbase como usuario del Sistema de Consumo Protegido:  www.consumoprotegido.gob.ar . Complete luego el formulario del COPRECConciliación Previa en las Relaciones de Consumo  -  y elija la fecha de la audiencia que se celebrará ante un conciliador especializado frente al cual la empresa va a tener que dar explicaciones por su actuar. Si no se alcanza un acuerdo las actuaciones serán elevadas al Auditor del COPREC que con todos estos antecedentes judiciales e individuales le impondrá una multa en los términos del art. 47 de la ley 24.240.

La Sentencia que Condena a Wall Street

A continuación se adjunta la sentencia de Primera Instancia del  29 de Junio del año 2012, la cual fue sustancialmente confirmada por  la Cámara Comercial,  "Sala A" el 26/03/2014.

 

Sentencia Primera Instancia " Padec y otro c/ Wall Street Institute s/ Ordinario"

La corte avaló por primera vez una demanda colectiva de consumidores

En Agosto 2013, después de 10 años de trámite judicial la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó una sentencia de importante avance en el Derecho del Consumidor para el acceso a la justicia de los consumidores representados por las Asociaciones de Consumidores. 

Es un fallo que pone un límite a las chicanas procesales de los proveedores profesionales de contratos masivos.

http://www.clarin.com/sociedad/Corte-avalo-demanda-colectiva-prepaga_0_979702117.html

Entrevista periodística de Canal 7 a la Presidenta de PADEC Dra. Isabel Novosad:

https://www.youtube.com/watch?v=MIPXQgyVFOg 

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Diario Los Andes- Piden rechazar los aumentos en las prepagas por ilegales

Según un sondeo informal de Padec (Prevención, Asesoramiento y Defensa del Consumidor), un 50% del mercado ya recurrió o recurre a notificar la decisión de modificar las cuotas mensuales por segunda vez en el año, incluso con la estrategia de que el visto bueno del Gobierno está cerca de emitirse. La última suba fue del 5% en febrero.

(...) Aunque la autoridad que regula a la medicina prepaga no se expide hasta ahora respecto del pedido de las entidades de defensa del consumidor, desde Padec insisten en que los afiliados ya pueden, por escrito, reclamar que cese la aplicación del ajuste y retrotraer los valores.
Según Juan Echaide, del área legal de Padec, "falta que la Superintendencia asuma la competencia como autoridad de aplicación. De todos modos, el afectado puede impugnarlo por escrito bajo apercibimiento de darle intervención en el tema".

Nota de Miguel Angel Flores- en Diario Los Andes- 3 de agosto de 2012

Leer nota completa: http://www.losandes.com.ar/notas/2012/8/3/piden-rechazar-aumentos-prepagas-ilegales-658418.asp

Cajeros automáticos y comisiones abusivas- Banco Provincia

En la columna  "El defensor de los consumidores" escrita por Pablo Chamatropulos del día domingo 17 de junio en el Diario Popular se cita a PADEC que advirtió a los los usuarios acerca de un nuevo cargo abusivo que perjudica a los titulares de Caja de Ahorro del Banco Provincia. 

Desde el 15 de junio 2012 el Banco Provincia pretende cobrar $ 8,50 por cada operación que se haga en cajero automático Banelco y $ 6,80 por cada operación en cajeros Link.

Ante este abuso y la falta de información PADEC intimó al Banco Provincia para que se abstenga de aplicar este nuevo cargo referido al uso de la Cuenta de Caja de Ahorro hasta tanto informe de modo cierto completo y detallado cuáles son los costos reales que traslada a los usuarios.

Los usuarios PUEDEN también IMPUGNAR este cargo presentando una nota en el Banco.

Quienes lo deseen pueden solicitar una nota modelo Banco Provincia en padec@padec.org.ar .

Factor de Estabilización en las facturas de Luz

Luz: deciden otra quita de subsidios en la provincia de Mendoza ( Diario Los Andes, Miguel Angel Flores)
El llamado "factor de estabilización", un mecanismo implementado por las distribuidoras del país para los clientes que se quedaron sin los subsidios. Apunta a estabilizar durante el año el monto por el consumo eléctrico, esto es, emitir facturas previsibles.
¿Cómo se calcula? Con el consumo promedio de los últimos 6 bimestres. Si a fin de año, el usuario, aún habiendo ahorrado pagó de más, se le reintegrará en la primera factura de 2013. Si, a la inversa, consumió más y pagó de menos, se le ajustará.
"Es una manera de cobrar por adelantado por consumos que se desconocen. Por el momento no existe ninguna resolución que avale el cargo, sólo sabemos que el Gobierno lo comunicó a las distribuidoras, y que el ENRE debe sacar una resolución que le dé marco legal", explicó Padec (Prevención, Asesoramiento y Defensa del Consumidor).