Reclamos por Bancos

BCRA - Banco Central de la República Argentina
Mesa de Entradas: Reconquista 266 - Ciudad de Buenos Aires.
Tel: 4348-3500
Página Web: www.bcra.gov.ar

Ley de Entidades Financieras 21.526

 

(Actualización: Febrero 2002)

{modal url=leyes/publi.1.13.1.htm}Titulo I - RÉGIMEN GENERAL{/modal}

CAPITULO I - Ámbito de aplicación-
CAPITULO II - Autoridad de aplicación-
CAPITULO III - Autorización y condiciones para funcionar-
CAPITULO IV - Publicidad-

{modal url=leyes/publi.1.13.2.htm}Titulo II{/modal}

CAPITULO I - Operaciones- 
CAPITULO II - Bancos Comerciales- 
CAPITULO III - Bancos de Inversión- 
CAPITULO IV - Bancos Hipotecarios-. 
CAPITULO V - Compañías Financieras- 
CAPITULO VI - Sociedades de Ahorro y Préstamo para la vivienda u otros inmuebles-. 
CAPITULO VII - Cajas de Crédito- 
CAPITULO VIII - Relaciones operativas entre entidades- 
CAPITULO IX - Operaciones prohibidas y limitadas-

{modal url=leyes/publi.1.13.3.htm}Titulo III  - LIQUIDEZ Y SOLVENCIA{/modal}

CAPITULO I - Regulaciones-
CAPITULO II - Responsabilidad patrimonial-
CAPITULO III - Regularización y saneamiento-
CAPITULO IV - Reestructuración de la entidad en resguardo del crédito y los depósitos bancarios-
I.- Reducción, aumento y enajenación del capital social
II.- Exclusión de activos y pasivos y transferencia a otras entidades financieras.
III.- Intervención judicial
IV.- Responsabilidad.
V.- Transferencia de activos y pasivos excluidos

{modal url=leyes/publi.1.13.4.htm}Titulo IV - REGIMEN INFORMATIVO, CONTABLE Y DE CONTROL{/modal}

CAPITULO I - Informaciones, contabilidad y balances-
CAPITULO II - Control- 

{modal url=leyes/publi.1.13.5.htm}Titulo V - SECRETO{/modal}

{modal url=leyes/publi.1.13.6.htm}Titulo VI - SANCIONES Y RECURSOS{/modal}

{modal url=leyes/publi.1.13.7.htm}Titulo VII  DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE ENTIDADES{/modal}

CAPITULO I -Revocación de la autorización para funcionar, disolución y liquidación de las entidades financieras-
CAPITULO II - Liquidación judicial-
CAPITULO III - Quiebras-
CAPITULO IV - Disposiciones comunes-
CAPITULO V - Régimen de Garantía- 

{modal url=leyes/publi.1.13.8.htm}Titulo VIII - DISPOSICIONES VARIAS Y TRANSITORIAS{/modal}

CAPITULO I -Disposiciones varias-
CAPITULO II - Disposiciones Transitorias-

Texto según las siguientes disposiciones:
Ley 22.267, sancionada el 14.08.80 (B.O. 19.8.80).
Ley 22.871, sancionada el 08.08.83 (B.O. 10.8.83).
Ley 23.267, sancionada el 01.9.89, (B.O. 25.9.89).
Ley Nº 24.144, Artículos 2º y 3º sancionadas por el Honorable Congreso de la Nación el 23.9.92 (B.O. 22.10.92).
Decreto 1860 del 13.10.92 (B.O. 22.10.92).
Decreto 1887, Artículo 3º del 15.10.92 (B.O. 22.10.92)
Decreto 146/94 (B.O. 21.2.94).
Decreto 290, sancionado el 27.02.95 (B.O. 1.3.95)
Decreto 13/95 Procesos sumariales por infracciones a la Ley 21.526 Entes facultados para su sustanciación sancionada el 04.01.1995 (B.O. 11.01.1995)
Ley Nº 24.485, sancionada el 5.4.95, (B.O. 18.4.95).
Ley Nº 24.627, sancionada por el 21.2.96, (B.O. 18.3.96).
Ley 25.093, sancionada el 21.4.99. (B.O. 18.5.99)
Decreto 1311/01, sancionado el 22.10.01 (B.O. 26/10/01)
Decreto 214/2002, sancionado el 03.02.02 B.O. 4/2/2002.

 


Ley de Hábeas Data 25.326


PROTECCION DE LOS DATOS PERSONALES
Ley 25.326

Disposiciones Generales. Principios generales relativos a la protección de datos. Derechos de los titulares de datos. Usuarios y responsables de archivos, registros y bancos de datos. Control. Sanciones. Acción de protección de los datos personales.
Sancionada: Octubre 4 de 2000.
Promulgada Parcialmente: Octubre 30 de 2000.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

{modal url=leyes/publi.1.12.1.htm}Capítulo I:{/modal} Disposiciones Generales. Objeto y Definiciones. 

{modal url=leyes/publi.1.12.2.htm}Capítulo II:{/modal}  Principios generales relativos a la protección de datos. Archivos de datos Licitud. Calidad de los dato. Consentimiento. Información. Categoría de datos. Datos relativos a la salud. Seguridad de los datos. Deber de confidencialidad. Cesión. Transferencia internacional.

{modal url=leyes/publi.1.12.3.htm}Capítulo III:{/modal}  Derechos de los titulares de datos. Derecho de Información. Derecho de acceso. Contenido de la información. Derecho de rectificación, actualización o supresión. Excepciones. Comisiones legislativas. Gratuidad. Impugnación de valoraciones personales.

{modal url=leyes/publi.1.12.4.htm}Capítulo IV:{/modal} Usuarios y responsables de archivos, registros y bancos de datos. Registro de archivos de datos. Inscripción. Archivos, registros o bancos de datos públicos. Supuestos especiales. Archivos, registros o bancos de datos privados. Prestación de servicios informatizados de datos personales. Prestación de servicios de información crediticia. Archivos, registros o bancos de datos con fines de publicidad. Archivos, registros o bancos de datos relativos a encuestas.

{modal url=leyes/publi.1.12.5.htm}Capítulo V:{/modal} Control. Organo de Control. Códigos de conducta.

{modal url=leyes/publi.1.12.6.htm}Capítulo VI:{/modal} Sanciones. Sanciones administrativas. Sanciones penales.

{modal url=leyes/publi.1.12.7.htm}Capítulo VII:{/modal} Acción de protección de los datos personales. Procedencia. Legitimación activa. Legitimación pasiva. Competencia. Procedimiento aplicable. Requisitos de la demanda. Trámite. Confidencialidad de la información. Contestación del informe. Ampliación de la demanda. Sentencia. Ambito de aplicación. Disposiciones transitorias.


Cajas de Ahorro

Julio 2011 - Año V

Prevención, Asesoramiento y Defensa del Consumidor

¿Caja de Ahorro Universal o Caja de Ahorro Básica del Banco Galicia?

¿Por cuál nos decidimos?

Las dos tienen costo de mantenimiento cero.

A partir de los juicios colectivos iniciados por Padec en el año 2006 respecto de la nulidad del cargo de mantenimiento de la cuenta caja de ahorro sucedieron importantes cambios. En todos los procesos judiciales los bancos se resistieron a justificar cómo llegan al costo de mantenimiento de la cuenta caja de ahorro. Además, en la contabilidad de todos los bancos, tampoco está desglosado el famoso costo de mantenimiento conforme lo pudieron constatar los peritos judiciales que intervinieron en los juicios.
bol.jul.c.ahorro

Padec sostuvo en las demandas que no hay ninguna actividad específica del banco que justifique el cobro de dicho cargo, ya que sin dudas se trata de costos operativos que los bancos incorporan en la formulación de las tasas remunerativas de los depósitos de caja de ahorro, que oscilan entre el 0,05 al 0,5% anual. La mayoría de estos juicios están pendientes de resolución definitiva, pero en el ínterin, el Banco Central obligó a los bancos a ofrecer una cuenta gratuita - la caja de ahorro universal - para quienes no tuvieran ninguna cuenta bancaria, con solo presentar el DNI. Estas cuentas se pueden abrir en cualquier banco, en la práctica también te piden un servicio a tu nombre para verificar el domicilio, y no tienen costo de mantenimiento. Incluye una tarjeta de débito y movimientos gratuitos dentro de cajeros del mismo banco. Pero, si tenés una cuenta corriente, una tarjeta de crédito o una cuenta sueldo, automáticamente se da de baja esta cuenta universal.

Por otro lado, desde principios del 2011 el Banco Galicia decidió poner fin al reclamo de PADEC creando la caja de ahorro básica gratuita por la cual los usuarios pueden usar la tarjeta de débito para compras, cajeros automáticos y varias operaciones mensuales en ventanilla. La diferencia con la caja de ahorro universal es que esta cuenta básica del Galicia permite mantener abiertas otras cuentas o eventualmente realizar la apertura de en el futuro. Es decir, que si tenés una cuenta sueldo o una tarjeta de crédito podes ir al Banco Galicia y solicitar la cuenta Básica para operar en forma individual o conjunta con otra persona. También podés cerrar la caja de ahorro que tengas abierta con costo de mantenimiento y abrir la Básica sin costo mensual alguno.

¿Por qué el Banco Galicia ofrece algo distinto a los demás bancos?

Porque la sentencia de la Jueza Susana I. Polotto le dió la razón a PADEC en algunos bol.jul.c.ahorropuntos y en segunda instancia el Galicia propuso crear la cuenta básica sin costo que determinó el acuerdo que la Sala Comercial integrada por los Dres Miguel F. Bargalló, Angel O. Sala y Bindo Cavignone Fraga homologó con la anuencia de la Fiscalía General de la Cámara de Apelaciones en lo Comercial de la Capital Federal.

Por todo esto ahora los clientes de los bancos pueden preguntarse si quieren tener una Caja de Ahorro Universal gratuita en cualquier banco o si prefieren abrir una Caja de Ahorro Básica sin costo en el Banco Galicia.